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Calcula la pensión de alimentos de tus hijos

Obtén una estimación orientativa con la calculadora oficial del CGPJ y entiende qué determina de verdad la cuantía. Antes de firmar un convenio o aceptar una cifra, deja que revisemos tu caso.

La calculadora oficial del CGPJ

El Consejo General del Poder Judicial publica unas tablas orientadoras —y una calculadora online— para estimar la pensión de alimentos a partir de datos del INE. Es la referencia que usan jueces y abogados como punto de partida. Para usarla necesitarás:

  • Los ingresos netos mensuales de cada progenitor (en 12 pagas, prorrateando las extras).
  • El número de hijos.
  • El tipo de custodia (monoparental o compartida).
  • La comunidad autónoma y la localidad de residencia del menor.

Los enlaces abren la herramienta oficial del CGPJ en una pestaña nueva. Si en algún momento no cargara, el CGPJ puede tener el servicio en mantenimiento; escríbenos y te orientamos igualmente.

⚖️ La calculadora del CGPJ ofrece una cifra meramente orientativa y no vinculante. Esta página tampoco constituye asesoramiento jurídico. La cuantía definitiva la fija el juez atendiendo a cada caso (art. 146 del Código Civil).

Qué determina la cuantía (y qué no dicen las tablas)

La pensión es proporcional a los ingresos de quien la paga y a las necesidades del menor (art. 146 CC). La calculadora reparte el coste del hijo entre ambos progenitores en proporción a sus ingresos. Pero hay matices que conviene tener claros antes de fiarte de una cifra:

No incluyen vivienda ni educación. Las tablas dejan fuera la hipoteca o el alquiler y los gastos de colegio; esos conceptos se ponderan y se fijan aparte, igual que los gastos extraordinarios (médicos no cubiertos, actividades…). La cifra de la calculadora es solo una parte.

Son orientativas, no obligan al juez. Sirven de punto de partida y para negociar convenios, pero el juez puede apartarse de ellas (art. 117 CE). La STC 2/2024 exige además motivar la cuantía en el interés del menor: no vale aplicar un porcentaje mecánico.

Están sin actualizar desde 2019. La última versión oficial es de 2019, así que no recoge la inflación posterior. Tómalas como una referencia mínima orientativa, no como la cifra final.

Existe un «mínimo vital». No hay una cantidad legal fija, pero el Tribunal Supremo impide fijar pensiones de cero o irrisorias salvo insolvencia absoluta y acreditada: las necesidades básicas del menor siempre se protegen.

De la estimación a tu caso real

Una cifra orientativa no es lo mismo que la pensión que acabará fijándose. La diferencia entre aceptar la primera propuesta y plantear bien tu caso —ingresos reales de la otra parte, gastos del menor, tipo de custodia— puede ser de cientos de euros al mes durante años. Te ayudamos a calcularlo de verdad y a defenderlo, tanto si reclamas como si te reclaman. Conoce cómo trabajamos el divorcio y la familia.

¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?

Es proporcional a los ingresos de quien la paga y a las necesidades del menor (art. 146 CC): se valoran los ingresos netos de ambos progenitores, el número de hijos y el tipo de custodia. Las tablas del CGPJ orientan, pero el juez decide caso a caso.

¿Las tablas del CGPJ son obligatorias?

No. Son orientativas y no vinculantes; el juez puede apartarse de ellas. La STC 2/2024 obliga a motivar la cuantía en el interés del menor, sin porcentajes automáticos.

¿La pensión incluye el colegio y la vivienda?

No: las tablas excluyen vivienda y educación, que se fijan aparte, junto con los gastos extraordinarios. La cifra de la calculadora es solo una parte del total.

¿Hay una pensión mínima?

No existe una cifra legal fija. Rige el «mínimo vital»: el Tribunal Supremo impide pensiones de cero salvo insolvencia absoluta y acreditada. La cantidad concreta depende del caso.

¿Hablamos de tu caso?

Ya reclames la pensión o te la estén reclamando, te ayudamos a fijar una cifra justa y a defenderla. Cuéntanos tu situación sin compromiso.